Nuevos canales informáticos para la realización de trámites de marcas fueron aprobados en la Resolución 214/ 2021 de Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente a partir del desarrollo alcanzado en las tecnologías de la información y la comunicación en el país.
La disposición publicada en la Gaceta Oficial de Cuba estipula que las resoluciones, requerimientos, informes conclusivos de examen y cualquier otra comunicación de la Oficina Cubana de la Propiedad Industrial a las partes, se notifican en la sede de la institución, a través del correo postal, o en el domicilio de la parte interesada.
Pueden utilizarse además las vías telemáticas dispuestas por los interesados; con excepción de aquellos que por su contenido o naturaleza así se determine.
En caso que en la Oficina de la Propiedad Industrial no conste la fecha de notificación de cualquiera de los documentos, se presume que la misma se produjo a los 15 días, de que los interesados recibieran la notificación de los mismos.
La nueva disposición también establece las vías telemáticas como forma preferente de notificación de los trámites de las modalidades de la Propiedad Industrial.
(Tomado de ACN)