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Decreto Ley sobre telecomunicaciones beneficia a la población cubana

Llegar a los asentamientos poblaciones de más de 150 personas; atender las quejas, reclamaciones e inconformidades de los usuarios, y velar por la protección del consumidor, de esos millones de usuarios con acceso, por ejemplo, a Internet.

Ernesto Rodríguez Hernández, viceministro cubano de Comunicaciones (Mincom), destacó algunos de los múltiples beneficios para la población, y el país, del Decreto-Ley 35 y los decretos y resoluciones conexas, publicados recientemente en la Gaceta Oficial de la República.

En la Mesa Redonda Informativa y ante la expectativa que ha generado, sobre todo de opiniones diversas en las redes sociales, el funcionario recomendó hacer una lectura detallada de ese paquete legislativo, en el que desde su primer artículo está explícita la protección a los derechos ciudadanos aun cuando su alcance es también para las instituciones o entidades del Estado.

En tal sentido aludió a que su objeto es establecer el marco legal de las telecomunicaciones, las tecnologías de la información y la comunicación asociadas a estas y del uso del espectro radioeléctrico, que implemente la política sectorial, ordene y garantice el uso del espectro radioeléctrico, la planificación, instalación, operación, explotación, mantenimiento y comercialización de las redes, y la adecuada prestación a las personas naturales y jurídicas de estos servicios, incluida su seguridad.

Rodríguez Hernández manifestó que al subrayar las funciones del Mincom, como organismo regulador de tales actividades, el referido Decreto-Ley recoge, como una de ellas, llegar con los servicios de las telecomunicaciones a los asentamientos poblaciones de más de 150 personas; atender las quejas, reclamaciones e inconformidades de los usuarios, y velar por la protección del consumidor, de esos millones de usuarios con acceso, por ejemplo, a Internet.

También otro de sus artículos, el 33, se refiere a los valores agregados en las infraestructuras, en beneficio a la población, evidenciado por ejemplo, en las plataformas de mensajería, en la pasarela de pago Transfermóvil, y la de correo y navegación conocida por Nauta.

A su vez se alude a la obligatoriedad del Mincom de ofrecer con calidad la recepción de las señales de radiodifusión, de ofrecer el servicio de llamadas de emergencias, y de impulsar el desarrollo de servicios de banda ancha como parte de la informatización de la sociedad, entre otras funciones.

El viceministro aludió a los antecedentes de esta legislación, ubicados en los años 90 del siglo pasado y a las motivaciones para crearla, que fueron la dinámica de desarrollo vertiginoso de las nuevas tecnologías de la comunicación, la aparición de Internet y los servicios de valor agregado, y la necesidad del Estado de protegerse y de proteger a sus ciudadanos de ataques al ciberespacio.

Explicó que al menos dos artículos de la Constitución de la República aluden también al derecho soberano del Estado cubano de regular las telecomunicaciones y las tecnologías de la información y la comunicación, las cuales desempeñan un papel significativo en el desarrollo político, económico y social de nuestro país y constituyen un medio efectivo para la consolidación de las conquistas del socialismo y el bienestar de la población.

Recordó además que su diseño no es un fenómeno exclusivo de Cuba, sino que en el plano internacional estas normas jurídicas están en correspondencia con los acuerdos y tratados de los que la mayor de Las Antillas forma parte, y de los documentos rectores de la Unión Internacional de las Telecomunicaciones, del sistema de Naciones Unidas.

El Decreto-Ley 35 y demás regulaciones devienen una reafirmación de lo aprobado en la Cumbre Mundial de la Sociedad de la Información, en la que los Estados miembros acordaron impedir el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones con fines terroristas o delictivos, o que se empleen contra la estabilidad y seguridad internacionales.

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