La creación de nuevas figuras y otros importantes aspectos relacionados con la realización cinematográfica y audiovisual independiente, están recogidas en el Decreto Ley 373 de la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
Nuevas normativas para los creadores audiovisuales y cinematográficos independientes fueron dadas a conocer este miércoles por Ramón Samada, presidente del Instituto Cubano del Arte e Industria Cinematográficos (ICAIC).
Reconocen creadores cinematográficos y audiovisuales independientes
El cuerpo jurídico de las normativas está incluido en el Decreto Ley 373, Del creador audiovisual y cinematográfico independiente, que publica este jueves la Gaceta Oficial Ordinaria No. 43 y que reconoce, en primer lugar, la condición laboral de creadores cinematográficos y audiovisuales independientes.
La nueva política tiene una extraordinaria importancia en la política cultural de nuestra nación para fomentar el desarrollo creativo y la producción cinematográfica y audiovisual, dijo Samada en conferencia de prensa, quien precisó que las nuevas normas dotan a esos artistas de una condición legal y reconoce el trabajo que hacen.
Especificó que estos se convierten en entes económicos y son a la vez objeto y sujeto, pueden ser contratados por o contratar a personas naturales y jurídicas, cubanas y extranjeras, para llevar adelante su labor.
Los creadores pueden abrir cuentas bancarias para fomentar sus obras
Estos tendrán la posibilidad de “abrir cuentas bancarias corrientes para desarrollar su trabajo, y tienen una representación legal reconocida por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, y toda posibilidad de representación ante los organismos de la Administración Central del Estado, principalmente el Banco Central”.
La nueva normativa, además del Decreto Ley 373, del creador audiovisual y cinematográfico independiente, consta del Acuerdo 8613, que aprueba el Fondo de Fomento, la Comisión Fílmica y una Oficina de Atención a la Producción, y resoluciones de los ministerios de Cultura, Trabajo y Seguridad Social y Finanzas y Precios; el ICAIC y el Banco Central.
Samada refirió los cambios que conlleva la nueva política en cuanto al reconocimiento y regulación del trabajo del creador independiente, que contará con un Registro que oficializa su capacidad legal, y la creación de colectivos de creadores, un Fondo para el Fomento del Cine, una Comisión Fílmica para facilitar la producción nacional y extranjera y tres nuevas figuras de trabajo por cuenta propia.
El ICAIC es el responsable de administrar el registro legal
El ICAIC, al que el Decreto Ley 373 asigna el mandato como rector de las políticas cinematográficas y audiovisuales en el país, es el responsable de administrar el Registro. Samada precisó que, aunque será un registro único, ese organismo inscribirá a quienes trabajan en el cine, mientras que el ICRT lo hará con quienes se desempeñan en la televisión.
“Para trabajar, los cineastas tienen que agruparse. El audiovisual es mucha industria, muchas personas unidas, y se ha creado esta figura con identidad propia. Este colectivo está integrado por hasta tres creadores ya inscritos en el Registro y otras personas que formen parte de él”, dijo el presidente del ICAIC sobre la creación de Colectivos de Creación Audiovisual y Cinematográfica.
Destacó que los Colectivos participan en todas las etapas de la producción audiovisual y cinematográfica, buscan financiamiento, participan en preparación, en el rodaje, la posproducción y la comercialización de sus obras, fundamentalmente para el desarrollo del cine cubano.